El término mercado primario, se refiere a aquél en el se ofrecen al público las nuevas emisiones de valores. Ello significa que a la tesorería del emisor ingresan recursos financieros.
La colocación de los valores puede realizarse a través de una oferta pública o de colocación privada. La Ley del Mercado de Valores en su Artículo 2 fracción XVIII define que una oferta pública es “aquélla que se haga por algún medio de comunicación masiva o a persona indeterminada para suscribir, enajenar o adquirir valores, títulos de crédito y documentos que se emitan en serie o en masa en los términos de las leyes que los rijan”, destinados a circular en el mercado de valores.
Por su parte el mercado secundario se refiere a la compra‐venta de valores ya existentes y cuyas transacciones se realizan tanto en las bolsas de valores como en los mercados sobre el mostrador.
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